AFIP detalló el reintengro del 35% del impuesto al dólar

Es para quienes no pagan Ganancias. La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso un mecanismo para que puedan pedir «la devolución del gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción».

Desde este miércoles se pondrá en práctica para las compras de dólar ahorro y las compras con tarjeta de crédito y débito que sean canceladas en moneda extranjera un nuevo mecanismo de percepción de 35% a cuenta de los impuestos a las Ganancias Bienes Personales. Pero, ¿qué pasa con aquellas personas que no estén alcanzadas por ninguno de los dos impuestos en cuestión?

Para aquellos que realicen este tipo de compras con moneda extranjera y se vean obligados a pagar ese 35% pese a no ser contribuyentes del Impuesto a las Ganancias y el Impuesto a los Bienes Personales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso un mecanismo para que puedan «solicitar la devolución del gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción».

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