Extienden beneficios para monotributistas: ¿Cuánto dura y cuáles son?

La AFIP estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante enero, febrero y marzo.

Además, se dispuso suspender hasta abril las exclusiones y todo otro proceso sistémico vinculado al encuadre y categorización de los pequeños contribuyentes.

Extienden beneficios para monotributistas: ¿hasta cuándo?

La Resolución General 4918 publicada este jueves en el Boletín Oficial extiende distintos beneficios con el objetivo de contener el impacto económico de la pandemia del COVID-19 sobre los monotributistas.

La normativa establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. La AFIP resolvió que enero, febrero y marzo no serán computados a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas sistémicas.

Asimismo, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. La AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados hasta abril para proceder con exclusiones de oficio.

Planes de pago permanente

Asimismo, a través de la Resolución General 4917 la AFIP extendió hasta el 31 de marzo de 2021 los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la adhesión temprana a los planes de facilidades de pago permanentes.

La Aduana digitaliza trámite clave

La Dirección General de Aduanas a través de la AFIP dispuso la digitalización del trámite que permite a los operadores de comercio exterior detallar los bienes que hay dentro de un contenedor cuando ingresa al país por vía acuática. La medida representa un avance en la despapelización de la operatoria aduanera y permite agilizar un trámite clave que hasta ahora solo era posible realizar de manera presencial.

La digitalización del manifiesto desconsolidado, denominado «carpeta rosa» en la jerga aduanera, está prevista en la Resolución General 4915 publicada este jueves en el Boletín Oficial.

«La irrupción de la pandemia del COVID-19 evidenció la importancia de profundizar y acelerar el proceso de digitalización de los trámites aduaneros», expresó la Directora General de Aduanas, Silvia Traverso.

La documentación prevista en la «carpeta rosa» forma parte del legajo que los transportadores deben presentar para recibir una carga por vía acuática. La presentación digital del trámite será de carácter optativo. La despapelización del trámite agilizará los procesos del comercio exterior. Los avances en la digitalización de los trámites aduaneros se realizan sin afectar las tareas de fiscalización a cargo de la DGA.

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