El decreto prorroga de la suspensión de desalojo, de la vigencia los contratos y congelamiento de los precios de alquileres.
Frente a la continuidad de las dificultades para hacer frente a las obligaciones estipuladas en los contratos de locación suscriptos con anterioridad a la aparición de la pandemia, el Gobierno Nacional estableció la prórroga del congelamiento temporario de alquileres y suspensión de desalojos, entre otros elementos; lo hizo este sábado 30 de enero de 2021, mediante la publicación en el boletín oficial del DECRETO 66/2021.
De manera sintética, se dispuso de lo siguiente:
1.- Suspender los desalojos hasta el 31/03/2021 (art.1).
2.- Prorrogar la vigencia de los contratos hasta el 31/03/2021, cuyos vencimientos hayan operado desde el 20 de marzo de 2020 (y antes del 31 de marzo de 2021), salvo que los inquilinos deseen mantener el plazo pactado o prorrogar por un lapso de tiempo cuyo vencimiento opere con anterioridad al 31/03/2021 (art.2).
3.- Prorrogar el congelamiento de los precios de los alquileres hasta el 31/03/2021, al valor de marzo de 2020 (art.3).
4.- La deuda por diferencia de precio entre lo que se debía pagar conforme estipulado en el contrato y lo que efectivamente se pague por el congelamiento, se deberá abonar en no menos de 3 y en hasta 12 cuotas mensuales sin intereses, a partir de abril de 2021 (art.5).
5.- Las deudas que se hayan generado o originado en la falta de pago o en pagos parciales hasta el 31 de marzo de 2021, deberán abonarse en, al menos, TRES (3) y como máximo DOCE (12) cuotas, mensuales, iguales y consecutivas, a partir de abril de 2021 (art. 6).
Por Nicolás E. MATTIA