Impuesto a la riqueza 2021: ¿Cuándo se cobra y quiénes lo pagan?

¿Qué es el impuesto a la riqueza?, ¿quiénes deben declarar y pagar este impuesto?

En este post responderemos a estas preguntas, y podrás conocer todo lo necesario sobre el Impuesto a la riqueza, sus tarifas, plazos de declaración y pago y contribuyentes. Pueden leer el siguiente artículo: Impuesto a la riqueza 2021: personas naturales, personas jurídicas, tarifa y cálculo.  

Impuesto a la riqueza 2021: ¿Qué es?

El Impuesto al Patrimonio año 2019, 2020 y 2021 – “Base gravable, hecho generador y tarifa”. Al entrar en vigencia de la Ley 1943 de Diciembre de 2018 (Ley de financiamiento), el Gobierno colombiano decidió ampliar a 3 años más el impuesto al patrimonio (el llamado impuesto a la riqueza), que recae sobre:

  • Las personas naturales
  • Las sucesiones ilíquidas
  • Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios
  • Otros contribuyentes de que trata el artículo 292-2 del Estatuto Tributario

 En otras palabras, con la Ley de financiamiento se produjo un cambio en el nombre del impuesto al patrimonio llamándose en la actualidad como impuesto a la riqueza,  y grava a las personas que tengan desde enero de 2019 la posesión de un patrimonio líquido superior a 5.000 millones de pesos. De acuerdo a lo que establece la DIAN, este impuesto es de carácter transitorio, tanto para personas naturales como personas jurídicas, ya que tiene una duración de tres años (2019, 2020, 2021). 

 Hecho generador y efectos del gravamen impuesto al patrimonio

  1. El hecho generador del impuesto se da a partir de la posesión de patrimonio al 1 de Enero de 2019, siendo el valor sea igual o superior a $5.000 millones de pesos.
  2. Para efectos del gravamen, el concepto de patrimonio equivale al patrimonio líquido (Activos fiscales – Pasivos fiscales) determinados a 1 de Enero de 2019.

Base gravable del impuesto al patrimonio para 2019, 2020 y 2021

La base gravable del impuesto al patrimonio 2021 equivale al valor del patrimonio bruto de:

  • Las personas naturales
  • Sucesiones ilíquidas
  • Sociedades
  • Entidades extranjeras

 Que posean al 1 de Enero de 2019, 2020 y 2021, excluyendo las deudas a cargo de los mismos vigentes en esas fechas. 

Tarifa para liquidar el impuesto al patrimonio para 2019, 2020 y 2021

La tarifa del impuesto al patrimonio es del 1% por cada uno de los años, del total de la base gravable establecida, en base al artículo 295-2 del Estatuto Tributario, que explicamos más adelante en la determinación del Patrimonio Líquido.

Plazos para Pagar el Impuesto a la Riqueza 2021

Los plazos para declarar y pagar el Impuesto a la Riqueza comenzarán a partir del 10 de mayo, en donde se deberá cancelar la primera cuota, la cual tendrá un valor del 50% del Impuesto.   La fecha límite de pago dependerá del último dígito del NIT de la persona.

La declaración del impuesto al patrimonio y el pago de la segunda cuota deberán presentarse a partir del 8 de septiembre de 2021. Las fechas son: 

Determinación del patrimonio líquido

Como ya sabemos el impuesto al patrimonio se calcula a partir del patrimonio líquido que tenga el contribuyente, y este se calcula restando al patrimonio bruto las deudas que tenga el contribuyente al respectivo periodo gravable, es decir, el patrimonio líquido es el resultado de depurar los activos restándoles los pasivos.

Ahora bien, para calcular el patrimonio bruto se debe sumar o incluir la totalidad de los bienes y derechos de una persona o empresa poseídas, para efectos del impuesto al patrimonio, al 1 de enero siguiente al año gravable. En otras palabras, para poder determinar el patrimonio líquido el contribuyente debe primero calcular el patrimonio bruto. 

Nota: Para las personas naturales sin residencia en el país, pero que posean un establecimiento permanente en Colombia, en ese caso la base gravable será al patrimonio atribuido al establecimiento permanente en base al artículo 20-2 del Estatuto Tributario. 

Fuente: Rankia

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